sábado, 4 de febrero de 2012

Del indulto a la amnistía

Justicia

Del indulto a la amnistía
Dimas Castellanos
La Habana 07-01-2012 - 8:35 am.

¿Por qué el gobierno no amnistía como otros gobiernos hicieron en la Colonia y la República?

José Menéndez, indultado después de cumplir 26 años de una sentencia de 44 por delitos comunes. (AP)

En la clausura del VIII Periodo Ordinario de Sesiones de la Asamblea Nacional del Poder Popular, el 23 de diciembre de 2011, el general Raúl Castro anunció que "en un gesto humanitario y soberano", el Consejo de Estado de la República de Cuba había acordado indultar a más de 2.900 cubanos y extranjeros sancionados. A pesar de lo positivo que resulta que 2.900 compatriotas salgan de prisión a convivir nuevamente con sus familiares, este indulto, como el resto de las medidas que el gobierno cubano ha venido disponiendo en los últimos tiempos, está signado por lo insuficiente, tardío y limitado.

Si el socialismo cubano es un sistema humanitario y de justicia social, como declara el gobierno,  habría que aceptar que las liberaciones de presos realizadas por los gobiernos de Cuba anteriores a 1959, tanto en la Colonia como en la República, fueron tan  o más humanitarias que el actual indulto, y que en muchas oportunidades aquellas liberaciones se acompañaron de otras medidas liberadoras que desempeñaron un importante papel en los cambios sociales posteriores a su promulgación.

El indulto es una medida mediante la cual de forma excepcional el jefe de Estado, perdona total o parcialmente una pena o la sustituye por otra más benigna. Es, por tanto,  un favor concedido donde el recluso se considera culpable, pero la "magnanimidad" del Jefe de Estado permite perdonarlo. Sin embargo, en nuestra historia política ha sido más común la amnistía, que a diferencia del indulto, significa la extinción de la responsabilidad penal, es decir, implica el olvido legal del delito cometido, sea real o supuesto.

En ese sentido es suficiente citar cuatro de esos ejemplos:

En 1861, el gobierno español decretó una amnistía que permitió el retorno a Cuba de condenados por razones políticas, entre ellos el médico Antonio de Castro, quien organizó el cuerpo irregular masónico que estructuró la rebelión independentista iniciada en octubre de  1868. Volvieron también al país los patriotas bayameses Francisco Francisco Vicente Aguilera, Perucho Figueredo, Francisco Maceo Osorio, y Carlos Manuel de Céspedes, todos masones. Y fue posible también, gracias a esta amnistía, el alzamiento de Las Clavellinas, en Puerto Príncipe.

En 1878, gracias a la amnistía decretada por España en cumplimiento del Pacto del Zanjón numerosos exiliados pudieron regresar a Cuba. Baste mencionar a cuatro de ellos: José Martí, Juan Gualberto Gómez, Antonio Maceo y Calixto García. Esa amnistía se complementó con otras medidas liberadoras dispuestas entre 1879 y 1886, como fueron la libertades de imprenta, de reunión y de asociación refrendadas por el artículo 13 de la Constitución Española, lo que permitió la existencia legal de órganos de prensa, asociaciones económicas, culturales, fraternales, educacionales, sindicales y políticas que participaron en la preparación de la Guerra de Independencia de 1895.

En 1937, el entonces presidente de la república, el coronel de la Guerra de Independencia Federico Laredo Bru, antes de convocar la asamblea constituyente de 1940, con el fin de restablecer el orden constitucional que había sido interrumpido desde 1928 dictó una amnistía política que benefició a más de 3.000 prisioneros, gracias a la cual los exiliados pudieron regresar a Cuba. Se conformaron entonces nuevas agrupaciones políticas, entre las cuales estaba el partido Unión Revolucionaria Comunista (1937), cuya legalización llegó en 1939. En resumen, se creó un escenario conciliatorio del cual emergió la Constitución de 1940.

En 1955, al retomar posesión Fulgencio Batista, después de las elecciones fraudulentas de 1954, restableció la Constitución de 1940 que él mismo había violado, y otorgó una amnistía a los prisioneros políticos, entre ellos a los asaltantes al Cuartel Moncada, quienes en junio de 1955 fundaron el Movimiento del 26 de Julio, tomaron el poder y constituyen gobierno hasta el día de hoy.

Esos cuatro ejemplos evidencian la relación existente en Cuba entre amnistía y cambio social y ponen de manifiesto la limitación del presente indulto al menos por dos indiscutibles razones. La primera, porque el número de excarcelados apenas favorece al 5% de la población penal del país, entre ellos,  mujeres, enfermos, mayores de 60 años de edad y algunos condenados por delitos contra la Seguridad del Estado que ya han cumplido una parte importante de la pena impuesta. Y la segunda, porque el perdón no altera el estado actual de la sociedad cubana requerida de cambios, deja en pie las medidas que permitieron los encarcelamientos y no reconoce la responsabilidad del Estado en tan alta población penal.

Por la información brindada, la abrumadora mayoría de los excarcelados guardaban prisión por delitos comunes. En este sentido el indulto es injusto, porque al liberado se le sigue considerando culpable, desconociendo con ello la corresponsabilidad del Estado cubano en las causas que convirtieron en Cuba el robo y el hurto en conducta cotidiana; porque la insuficiencia de los salarios y las jubilaciones para sobrevivir fomentan el delito como necesidad para la subsistencia y porque las múltiples limitaciones impuestas a los cubanos  inducen al delito. Por ello, una responsabilidad compartida ameritaba una medida de mayor alcance numérico, un reconocimiento autocrítico y su acompañamiento con otros derechos y libertades ciudadanas, para que cada vez menos cubanos incrementen la población penal.

De igual forma, en cuanto a los pocos prisioneros políticos incluidos en los indultados,  el Estado cubano tiene una buena parte de la responsabilidad por haber convertido en delito el ejercicio de los derechos fundamentales que estaban refrendados en la Constitución de 1940. Entre ellos, el derecho a desfilar y formar organizaciones políticas contrarias al régimen, la autonomía de la Universidad de la Habana, la declaración de punible a todo acto de prohibición o limitación del ciudadano a participar en la vida política de la nación, y el reconocimiento de la legitimidad de oponer resistencia para la protección de los derechos individuales.

En fin, que la insuficiencia del actual indulto obliga a transitar hacia la amnistía y hacia la democratización de Cuba.

http://www.diariodecuba.com/derechos-humanos/8964-del-indulto-la-amnistia

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